El Ministerio del Interior ha dictado una Circular el pasado 25 de enero sobre «actuaciones policiales» en materia de extranjería ordenando que los expedientes de expulsión se tramiten «a la mayor brevedad y en el tiempo mínimo imprescindible», y que
El artículo 62.1 de la Ley de Extranjería establece que un aspecto a considerar por el juez para decidir o no el internamiento de un irregular será "carecer de domicilio". Sin embargo, Interior va más allá y decide que hará expedientes exprés de repatriación a quienes, aunque tengan domicilio, "éste ni sea fijo ni estable, sino temporal o de tránsito", algo cuya decisión deja en manos de los funcionarios, así como otras indicaciones para ejecutar "expulsiones exprés" más numerosas y rápidas.
Por todo ello, la Fundación SEVILLA ACOGE se opone a esta normativa claramente a-legal y manifiesta su indignación y su denuncia ante este nuevo endurecimiento de la persecución de los inmigrantes irregulares. Exige la inmediata retirada de la Circular de la Comisaría General y que el Estado de Derecho y garantista defienda y proteja también a las personas inmigrantes "sin papeles".

¿Quieres hacerte miembro colaborador-a de nuestra Fundación?
Entra aquí y rellena tus datos
